La Autoridad Nacional de televisión, ANTV, expidió la resolución por medio de la cual se reglamenta la implementación de sistemas de acceso para personas con discapacidad auditiva en los contenidos transmitidos mediante el servicio público de televisión.
Teniendo en cuenta los derechos de la población sorda e hipoacúsica y el papel de la ANTV como regulador del servicio público de televisión, fue expedida la resolución 350 de 2016 que obliga a concesionarios de espacios de televisión del Canal Uno, operadores de televisión abierta con cobertura nacional, regional y local, así como a los operadores de televisión por suscripción en la programación de su canal de producción propia, a implementar los sistemas que garanticen a esta población el acceso a la televisión.
Antecedentes:
Entre los años 2003 y 2012 la Comisión Nacional de Televisión (hoy ANTV) expidió una serie de resoluciones y acuerdos que tuvieron como fin determinar fechas de cumplimiento y reglamentar la implementación de sistemas de acceso como el closed caption y la lengua de señas colombiana. Hacia el 2011, mediante Sentencia de segunda instancia, se consideró que el Ministerio TIC y la extinta CNTV debían reglamentar lo dispuesto, ya que no se garantizaba de manera efectiva los objetivos y fines que la Constitución y la ley fijaron a fin de proteger a la población sorda.
La ANTV continúo el proceso de ajustes a la reglamentación a partir de investigaciones, presentación de documentos, y proyectos regulatorios debidamente soportados, la recepción de las observaciones, inquietudes y comentarios que han sido incluidos de acuerdo a su pertinencia. También tuvo en cuenta más de 12 experiencias internacionales en las que se analizaron los marcos legales y mecanismos utilizados para la implementación.
Esta nueva resolución incluye medidas de aviso, promoción e implementación; y un régimen sancionatorio aplicado mediante multas, suspensión del servicio, caducidad de la concesión o cancelación de la licencia.
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Para más información consulte el documento completo a continuación:
Resolución 350 de 2016 de la ANTV